Sunday, November 27, 2005

Una familia para un niño

María de los Ángeles de la Maza, jefa de la unidad de adopción del Servicio Nacional de Menores de la Región Metropolitana.


“Una familia para un niño, no un niño para una familia”

Por Nataly Cáceres, reciclada por Fernando Olmos

Muchos son los matrimonios y familias que desean un rayo de luz que les alegre la vida y así dar lo mejor de ellos como padres. Por eso existe el proceso de adopción de menores en el que matrimonios chilenos, extranjeros – y también viudos y solteros - tienen la oportunidad de darle un hogar a niños que no lo tienen por diversas razones.
Quien lleva a cabo este proceso es la Secretaría Nacional de Menores (Sename), que en conjunto con el tribunal de menores y futuro tribunal de la familia se encarga de encontrar la familia indicada para un menor en particular.

La jefa de la unidad de adopción del Sename es la señora María de los Ángeles de la Maza. En su oficina se inician los trámites para postular a la tutela de un menor. Parece contradictorio que a pesar de su cercanía con los niños esta mujer no tenga nada alusivo a ellos, sin embargo, en una esquina de su escritorio escondida entre papeles, la foto de dos niñitas es destacada por ella mientras indica entusiasta: “Son mis sobrinas”.

Pero más allá de su cargo, su importancia radica en lo que implica para cientos de niños de la región metropolitana esperan con ansias un hogar. Por esta razón le consultamos sobre su opinión acerca de la ley de adopción que impera en nuestro país. A lo que ella responde…

“De acuerdo a las últimas modificaciones que se le hicieron creo que es buena, tiene vacíos legales como cualquier ley, pero es buena. Nos ha apoyado harto para disminuir los tiempos de trámite para entregar a los niños en adopción, además tenemos una nueva instrucción para el abandono, es decir que los niños que han sido abandonados en hospitales o vía pública amplia mucho más el rango o posibilidades de ser recibidos por familias que los esperan con gran deseo”.

Se dijo que con los cambios aplicados a esta nueva ley hace algun tiempo, se agilizaría el proceso. En la práctica, ¿Ha ocurrido evidenciándose un aumento porcentual en las adopciones exitosas?

Sí, se han agilizado todos los procesos, pero en tribunales están un poquito esquivos a agilizar los procesos debido a que comienza la puesta en marcha del tribunal de familia en octubre por lo tanto están poniendo un freno; como no tomar decisiones tan amplias o importantes, porque esperan la conformación del tribunal de la familia. Hasta el año pasado y comienzos del presente estaban más ágiles los tribunales, bastante más ágiles.

El Sename dice que con la adopción se buscan padres para el niño que no lo tiene y no la inversa. Si esto es así, ¿por qué los procesos impiden que una familia de estrato medio bajo consiga la adopción de un niño?

No es que se le coloquen trabas, nosotros de un tiempo a esta parte dijimos que no se le busca un niño a una familia, sino que una familia determinada para un niño en particular. Cuando un niño es declarado susceptible para ser adoptado nosotros buscamos de nuestro listado de matrimonios de la región metropolitana a aquel que reúna las características indicadas para ese niño en particular. Ahora bien, los matrimonios de estratos más bajos tienen las mismas posibilidades que otros matrimonios, lo que pasa es que nosotros tenemos que enviar las carpetas de los matrimonios a los tribunales porque quien decide al final son ellos. Hemos tenido oportunidades en que los tribunales nos tiran para abajo matrimonios por tener menos renta. Sin embargo, para nosotros el tener más o menos renta, no significan puntos en contra.

La ley permite que personas solteras y viudas adopten niños, pero no se les practica un seguimiento posterior a la adopción, ¿Cree usted que esto es correcto?

La ley estipula tres órdenes de preferencia para escoger a padres adoptivos. La primera son matrimonios chilenos residentes en Chile, sino los encontramos en la región metropolitana se solicita un matrimonio a nivel nacional, y si no lo hay la ley nos estipula que tenemos que buscar matrimonios extranjeros. La dirección el servicio nacional de menores como la autoridad principal de la HAYA tiene en sus registros matrimonios extranjeros interesados en las adopción de niños chilenos, sino es así la ley nos faculta para buscar a personas solteras o viudas, pero ojo que al postular a solteros o matrimonios es el tribunal el que decide. Si se les sigue o no luego de que se les entrega un menor es problema de los tribunales, pero obviamente debería regularse más ese tema.


¿Se realizan seguimientos a los padres adoptivos tras obtener la tutela del menor?

Se hace. No está establecido en la ley o en los reglamentos de la adopción, pero cada asistente social tiene un número determinado de matrimonios. Una vez que se produce el enlace, o sea que un niño se va con un matrimonio, las asistentes sociales, por normativa técnica hacen un seguimiento. Generalmente dura un mes. Tampoco podemos interferir en el matrimonio, porque ellos tienen que formar una familia, de a poco.

¿Qué pasa con aquellos que no son capaces de mantener al menor y desean devolverlo?

Tenemos muy pocos matrimonios que devuelven a los menores. Se interviene con ellos con la asistente social, psicólogos, abogados, tratamos de manejar la situación y si ya es imposible el niño vuelve a nosotros e inmediatamente le buscamos otro matrimonio. En todo caso es súper raro, se da uno en cada dos o tres años.

Mientras están a la espera de la adopción ¿Dónde están los niños?

En los hogares. Si llegan a los hogares es por abandono, por cesión de las madres o porque inhabilitamos a los padres. Estás son las tres causales.

En el momento que el hogar nos informa que ha llegado un niño con tales características, inmediatamente comienza el proceso de susceptibilidad de adopción.

Si comienza inmediatamente este proceso, como usted dice ¿Por qué tantos niños superan los ocho años esperando una familia?

Lo que pasa que se entregan los antecedentes de los matrimonios que creemos son los más indicados para el menor a los tribunales. Son ellos los que finalmente escogen. En este proceso pasa bastante tiempo y aun así si se decide que ninguno de ellos está capacitado comienza una nueva búsqueda que implica el mismo tiempo y dedicación. Eso muchas veces es la causante de que los niños sean ya mayores, hablamos de ocho años que es más o menos el límite que buscan los padres.


El caso de Javier

Javier es un niño cuya madre es menor de edad y extranjera –boliviana. Ella dio en adopción al niño al momento de su nacimiento y luego volvió a su país. Pasaron recién diez meses antes de que se consiguiera padres para Javier.

Si el niño ya estaba listo para ser adoptado ¿Por qué demoró tanto tiempo encontrar los padres indicados?

Lo que sucede es que la mamá concurre al tribunal indicando que desea dar en adopción. Una vez que concurre al tribunal, la ley establece un plazo de sesenta días para que la madre se retracte. Con eso van dos meses, más un mes en que se habilite la causa, porque la mamá tiene que ir a declarar, en que se tiene que abrir un expediente de adopción, no el de protección. Con eso sumamos ya tres meses. Luego que se cumplan los plazos de sesenta días. El tribunal inmediatamente decreta un informe social que lo redacta el hogar donde está el niño y eso se demora un mes, con todo esto tenemos ¡4 meses!.

En esperar la sentencia, estamos como en cinco meses, igualmente hay que notificar a la mamá, si no tenemos el domicilio de la madre, comienza la búsqueda, ya sea a través del registro civil, el registro electoral, policía de investigaciones, carabineros y si ya no encontramos es necesario publicar en el diario oficial, además hay procesos más lentos que otros.

¿Cómo es el proceso de búsqueda de los padres adoptivos?

Es un proceso súper exhaustivo. Dentro de ese proceso la ley establece claramente que tiene que haber certificado de salud, test de alcoholes y muchos otros. En la búsqueda las asistentes van detectando si hay presencia de alcohol, de drogas, problemas maritales, entre otros.

Además siempre se les deriva a examinadores externos. Otros asistentes sociales y otros psicólogos y ellos nos remiten esos informes y eso va determinando a los matrimonios.

¿Cuál es el cambio más importante que se le hizo a la ley?

Para mí los tiempos de espera de los niños que abandonan. Cuatro meses menores de un año, tres meses mayores de un año. Si la madre no concurre a un hogar a ver a una guagua de seis meses dentro de treinta días al día treinta y uno se está encausando por susceptibilidad. Antes ese plazo era mucho más largo, había más rango de edad entre los niños, entonces se confundía mucho más.

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